16 de octubre de 1998: Pinochet queda detenido
Interpol comunicó al juez Garzón que las autoridades británicas habían informado de que el senador Augusto Pinochet, a pesar de que estaba convaleciente de una operación de hernia, había solicitado el alta voluntaria y se marchaba al día siguiente.
Inmediatamente, en virtud de acuerdos de cooperación internacional entre España y Reino Unido, y, en concreto, del Convenio de Extradición de 1985, el juez Garzón emitió un auto de prisión provisional con una “requisitoria internacional” en la que solicitaba a las competentes autoridades británicas la detención preventiva de Pinochet por presuntos delitos de genocidio y terrorismo cometidos en Chile, en el marco de la acción de la Operación Cóndor, a los efectos de su posterior extradición y juzgamiento en España. Acto seguido, Garzón se puso en contacto con el responsable de la Interpol en la policía de España, quien le comunicó que la orden de detención ya estaba cursada a la Interpol de Londres. El objetivo del juez era poder interrogarle personalmente para que, posteriormente, España valorase si solicitar la extradición de Augusto Pinochet a España para poder someterlo a juicio en los tribunales españoles.
La justicia española podría basar su competencia para juzgarlo en el artículo 23 apartado 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 1 de julio de 1985, que otorgaba competencia a la jurisdicción española para conocer de hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio de España, susceptibles de tipificarse, según la Ley Penal española, como “algunos de los siguientes delitos: a) Genocidio; b) Terrorismo; …. g) Y, cualquier otro que, según los tratados y convenios internacionales, debe ser perseguido en España.”
Posteriormente, le comunicaron al juez Garzón que la petición ya estaba en manos de la policía británica y que le darían trámite, pero debían esperar a que el juez de guardia decidiera si poner en curso o no la orden de detención. Finalmente, el juez inglés Nicholas Evans del Tribunal Penal de Bow Street firmó la orden de detención de Pinochet a efectos de extradición.
Pinochet fue detenido aquella misma noche en Londres en ejercicio de la Jurisdicción Universal por los tribunales de justicia españoles, bajo los cargos de genocidio, tortura y desaparición de personas en el periodo de 1973 a 1990, y puesto bajo custodia policial en la capital británica.
Esta detención era provisional, ya que España debía formalizar en un plazo no mayor de 40 días su solicitud de extradición. A pesar de que Pinochet se encontraba detenido en Londres, la cuestión de la competencia por los tribunales españoles aún no estaba resuelta, ya que la Sala Penal de la Audiencia Nacional aún no se había pronunciado.
Interpol comunicó al juez Garzón que las autoridades británicas habían informado de que el senador Augusto Pinochet, a pesar de que estaba convaleciente de una operación de hernia, había solicitado el alta voluntaria y se marchaba al día siguiente.
Inmediatamente, en virtud de acuerdos de cooperación internacional entre España y Reino Unido, y, en concreto, del Convenio de Extradición de 1985, el juez Garzón emitió un auto de prisión provisional con una “requisitoria internacional” en la que solicitaba a las competentes autoridades británicas la detención preventiva de Pinochet por presuntos delitos de genocidio y terrorismo cometidos en Chile, en el marco de la acción de la Operación Cóndor, a los efectos de su posterior extradición y juzgamiento en España. Acto seguido, Garzón se puso en contacto con el responsable de la Interpol en la policía de España, quien le comunicó que la orden de detención ya estaba cursada a la Interpol de Londres. El objetivo del juez era poder interrogarle personalmente para que, posteriormente, España valorase si solicitar la extradición de Augusto Pinochet a España para poder someterlo a juicio en los tribunales españoles.
La justicia española podría basar su competencia para juzgarlo en el artículo 23 apartado 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 1 de julio de 1985, que otorgaba competencia a la jurisdicción española para conocer de hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio de España, susceptibles de tipificarse, según la Ley Penal española, como “algunos de los siguientes delitos: a) Genocidio; b) Terrorismo; …. g) Y, cualquier otro que, según los tratados y convenios internacionales, debe ser perseguido en España.”
Posteriormente, le comunicaron al juez Garzón que la petición ya estaba en manos de la policía británica y que le darían trámite, pero debían esperar a que el juez de guardia decidiera si poner en curso o no la orden de detención. Finalmente, el juez inglés Nicholas Evans del Tribunal Penal de Bow Street firmó la orden de detención de Pinochet a efectos de extradición.
Pinochet fue detenido aquella misma noche en Londres en ejercicio de la Jurisdicción Universal por los tribunales de justicia españoles, bajo los cargos de genocidio, tortura y desaparición de personas en el periodo de 1973 a 1990, y puesto bajo custodia policial en la capital británica.
Esta detención era provisional, ya que España debía formalizar en un plazo no mayor de 40 días su solicitud de extradición. A pesar de que Pinochet se encontraba detenido en Londres, la cuestión de la competencia por los tribunales españoles aún no estaba resuelta, ya que la Sala Penal de la Audiencia Nacional aún no se había pronunciado.
El arresto de Pinochet, que tuvo un gran impacto tanto a nivel nacional como internacional, fue fruto del trabajo de abogados y organizaciones de derechos humanos por consolidar la idea en la jurisprudencia internacional de que existen ciertos crímenes, como pueden ser los de lesa humanidad y genocidio, que deben tener la categoría de extraterritoriales. Todo ello desató en diferentes países europeos una oleada de denuncias contra el exdictador Pinochet, siendo presentadas por ciudadanos de estos países, así como por personas exiliadas chilenas.
La “Operación Cóndor” fue una red de perfecta coordinación criminal entre los servicios de inteligencia, policiales y otros cuerpos represores de Chile, Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil, Perú y Bolivia en el Cono Sur con tentáculos que se extendían fuera de Latinoamérica para delinquir en Estados Unidos, Italia, Francia y España. El objeto de la “Operación Cóndor” fue secuestrar, asesinar y hacer desaparecer a los opositores políticos de las mencionadas dictaduras.