Doctrina..
La Jurisdicción Universal no es un instrumento estático no susceptible de ser revisado y adaptado a las nuevas necesidades de la lucha contra la impunidad. Por el contrario, esta herramienta ha venido desarrollándose gracias a la articulación de una serie de principios rectores que han definido la Jurisdicción Universal, establecido su contenido y extensión, y facilitado su aplicación a los operadores jurídicos. De este modo, son varios los esfuerzos doctrinales que expertos jurídicos han realizado a lo largo de la historia, cuyo fruto ha resultado en la publicación de los denominados Principios de Princeton en el año 2001, y posteriormente de los Principios El Cairo-Arusha, en los años 2001 y 2002.
Sobre estos esfuerzos doctrinales pasados, la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR) promovió la redacción a inicios de 2014 de los llamados Principios Madrid-Buenos Aires de Jurisdicción Universal. Estos Principios suponen un avance en la defensa de víctimas y testigos articulando la jurisdicción universal civil, la responsabilidad penal de personas jurídicas, la relación de este criterio de jurisdicción con la Corte Penal Internacional y la introducción de crímenes económicos y medioambientales de persecución universal.
En la presente sección encontrarás los mencionados documentos correspondientes a los avances doctrinales en los que expertos jurídicos de todo el mundo han trabajado para lograr consolidar el principio de Jurisdicción Universal como una herramienta útil para la defensa de los derechos de las víctimas de crímenes internacionales.
Principios de Jurisdicción Universal de Princeton (2001).
Principios de Jurisdicción Madrid-Buenos Aires (2014-2015). ESPAÑOL
Principios de Jurisdicción Madrid-Buenos Aires (2014-2015). ENGLISH
Principios de Jurisdicción Madrid-Buenos Aires (2014-2015). FRANÇAIS
Principios de Jurisdicción Universal de El Cairo-Arusha (2001-2002).